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Se promulgó la ley que promueve la lactancia materna

Publicada el miércoles pasado en el Boletín Oficial, la ley será reglamentada en 90 días por el Poder Ejecutivo. La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de la Nación.

La Ley N° 26.873 fue sancionada el pasado 3 de julio y establece acciones de promoción de la lactancia materna exclusiva y prácticas óptimas de alimentación en niños hasta los seis meses de edad, así como también la promoción de la lactancia materna continuada y alimentación complementaria oportuna para niños de hasta dos años de vida.

Dentro de la ley se contempla la difusión y accesibilidad a la información a los efectos de la concientización pública, en especial de las mujeres embarazadas. También la promoción y apoyo a la creación de centros de lactancia materna y bancos de leche materna.

La promulgación fue celebrada por el Consejo Nacional de las Mujeres. La nueva norma será reglamentada en 90 días por el Poder Ejecutivo y la autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de la Nación.

Esta promulgación se efectúa en el marco de la reciente semana mundial de la lactancia materna cuyo lema es "Apoyo a las madres que amamantan: ¡Cercano, continuo y oportuno!”.

"Esta reglamentación promoverá la adhesión de los hospitales y centros de atención primaria de salud a los programas “Hospital amigo de la madre y el niño” propuesto por la Organización Mundial de la Salud y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, a la “Iniciativa centro de salud amigo de la madre y del niño” creado por el Ministerio de Salud de la Nación y a los que se establezcan a partir de la sanción de la ley", destacó el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

A su vez, esta legislación relevará y actualizará los indicadores, las estadísticas oficiales y los estudios epidemiológicos relacionados con la ley, suscribirá convenios de gestión con las distintas jurisdicciones para fijar procedimientos y estrategias que posibiliten el cumplimiento de los objetivos de la norma; además de proveer la normativa para la protección de la madre trabajadora durante el período de lactancia.

Por otra parte, el Ministerio de Salud de la Nación y la Comisión Nacional de Nutrición y Alimentación deberán promover, en el ámbito del Consejo Federal de Salud, la aplicación de la ley en el ámbito de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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