Procuración General de la Nación instó a la corte habilitar a votar a personas con discapacidad mental
En caso de dar lugar a ese pedido, la Corte Suprema sentaría un criterio extensivo a todas las personas consideradas incapaces.
Con vistas al fallo que deberá dar el máximo tribunal, el procurador fiscal Víctor Abramovich dictaminó que corresponde revocar una sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que había mantenido la declaración de incapacidad absoluta y confirmado la denegatoria del ejercicio del derecho al voto de una persona con discapacidad mental.
En tal sentido, el procurador argumentó que el nuevo modelo social de la discapacidad adoptado por la Argentina "obliga a todo el aparato del Estado a avanzar gradualmente" en la superación de esos límites.
Se trata del planteo hecho por un hombre, a quien en 2000 le fue declarada su incapacidad por entender que no tenía aptitud para dirigir su persona o administrar sus bienes.
Sin embargo, en 2005 el involucrado manifestó su deseo de votar y, en 2012, la curadora pública solicitó la revisión de la declaración de incapacidad en los términos del artículo 152 del Código Civil, reformado por la ley 26.657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental.
La jueza de primera instancia rechazo el planteo y la Cámara de Apelaciones lo respaldó esa decisión.
Pero el hombre busca llegar a la Corte Suprema y, en ese marco, se pronunció el procurador fiscal Abramovich, quien consideró que su capacidad "para ejercer su derecho al voto no debió determinarse en forma automática como consecuencia de su declaración general de incapacidad, en los términos del artículo 141 del Código Civil, y de la aplicación del artículo 3 A del Código Nacional Electoral, reproduciendo el viejo modelo de incapacitación".
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