Un proyecto de ley en la cámara de Senadores de la Nación propone permitir a las personas con discapacidad derecho a un pase libre para ingresar a todos los museos y/o salas de exposición del Estado Nacional.
El proyecto reclama para las personas con discapacidad o sus representantes legales, de forma gratuita, pase de libre circulación ante la Autoridad de Aplicación de la presente ley, con la presentación del Certificado Único de Discapacidad vigente en el marco de la Ley Nº 22.431 y sus modificatorias.
La iniciativa solicita a museos y/o salas de exposición garantizar accesibilidad en el ingreso, el tránsito y la permanencia de personas con discapacidad y/o movilidad reducida, en todas las instalaciones de los mismos, así como el pleno goce de los bienes culturales y obras artísticas que se expongan en ellos, según las disposiciones de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, que tiene jerarquía constitucional por Ley 27.044.
"Los museos y/o salas de exposición deberán contar con planos táctiles, o los que en futuro se creen, que indiquen en relieve las instalaciones en las que se desarrollan las distintas muestras y actividades, así como la disposición de las boleterías, sanitarios y ascensores o escaleras", indica.
Los planos táctiles deberán ubicarse en la entrada de los museos y en cada uno de los pisos, en tanto, las salas, oficinas, sanitarios y ascensores, deberán estar señalizados con carteles en Braille y cualquier otro sistema de comunicación que garantice la accesibilidad para las personas con discapacidad, y la de los extranjeros.
Paralelamente, los dispositivos y/ o medios de comunicación con información de las muestras y del museo y/o salas de exposición deberán estar disponibles en audio y en lengua de señas Argentina, y el diseño deberá ser sencillo y conforme a los modelos internacionales para facilitar el uso por todos los visitantes al museo.
El proyecto indica que las personas con discapacidad deberán tener acceso gratuito a los dispositivos y/o medios de comunicación mencionados y que el personal y los o las guías de los museos y/o salas de exposición, deberán recibir capacitación específica para atender de manera adecuada los requerimientos y consultas de las personas con discapacidad, movilidad reducida y extranjeros, entre otros puntos.
Los museos y salas de exposición, también, deberán disponer de personal preparado en el manejo de la Lengua de Señas Argentina. Los museos y/o salas de exposición deberán disponer de folletería en Sistema Braille y en macrotipos.
Además, deberán contar con folletos realizados con ilustraciones y explicaciones en lenguaje simplificado acerca de cada muestra en particular y de información general sobre el museo y/o sala de exposición.
El proyecto, a su vez, reclama a los museos y/o salas de exposición elaborar replicas en relieve de las obras expuestas, para facilitar su reconocimiento mediante el tacto.
El proyecto reclama para las personas con discapacidad o sus representantes legales, de forma gratuita, pase de libre circulación ante la Autoridad de Aplicación de la presente ley, con la presentación del Certificado Único de Discapacidad vigente en el marco de la Ley Nº 22.431 y sus modificatorias.
La iniciativa solicita a museos y/o salas de exposición garantizar accesibilidad en el ingreso, el tránsito y la permanencia de personas con discapacidad y/o movilidad reducida, en todas las instalaciones de los mismos, así como el pleno goce de los bienes culturales y obras artísticas que se expongan en ellos, según las disposiciones de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, que tiene jerarquía constitucional por Ley 27.044.
"Los museos y/o salas de exposición deberán contar con planos táctiles, o los que en futuro se creen, que indiquen en relieve las instalaciones en las que se desarrollan las distintas muestras y actividades, así como la disposición de las boleterías, sanitarios y ascensores o escaleras", indica.
Los planos táctiles deberán ubicarse en la entrada de los museos y en cada uno de los pisos, en tanto, las salas, oficinas, sanitarios y ascensores, deberán estar señalizados con carteles en Braille y cualquier otro sistema de comunicación que garantice la accesibilidad para las personas con discapacidad, y la de los extranjeros.
Paralelamente, los dispositivos y/ o medios de comunicación con información de las muestras y del museo y/o salas de exposición deberán estar disponibles en audio y en lengua de señas Argentina, y el diseño deberá ser sencillo y conforme a los modelos internacionales para facilitar el uso por todos los visitantes al museo.
El proyecto indica que las personas con discapacidad deberán tener acceso gratuito a los dispositivos y/o medios de comunicación mencionados y que el personal y los o las guías de los museos y/o salas de exposición, deberán recibir capacitación específica para atender de manera adecuada los requerimientos y consultas de las personas con discapacidad, movilidad reducida y extranjeros, entre otros puntos.
Los museos y salas de exposición, también, deberán disponer de personal preparado en el manejo de la Lengua de Señas Argentina. Los museos y/o salas de exposición deberán disponer de folletería en Sistema Braille y en macrotipos.
Además, deberán contar con folletos realizados con ilustraciones y explicaciones en lenguaje simplificado acerca de cada muestra en particular y de información general sobre el museo y/o sala de exposición.
El proyecto, a su vez, reclama a los museos y/o salas de exposición elaborar replicas en relieve de las obras expuestas, para facilitar su reconocimiento mediante el tacto.
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