Mediante programas de la Ley de Cheques 25.730, para apoyo económico a organizaciones de la sociedad civil, organismos gubernamentales y no gubernamentales, representantes de 25 municipios firmaron un convenio destinado a financiar la compra de vehículos adaptados para el traslado de personas con discapacidad, plazas inclusivas y banco descentralizado de ayudas técnicas.
Los intendentes y jefes comunales que participaron de la jornada son los de Caucete, Pocito, Jachal y Calingasta (San Juan), Ausonia, San Marcos Sud, Alejandro Roca y Nono (Córdoba), Pavón Arriba, Villa Ocampo, Coronel Arnold, Avellaneda, Godeken y San Gregorio (Santa Fe), Caa Cati, Itatí y San Miguel (Corrientes), Monterrico y Tres Cruces (Jujuy), Hasenkamp y Nogoya (Entre Ríos), Colonia Aurora (Misiones), La Banda (Santiago del Estero), y el Instituto del Deporte Chaqueño, de la provincia del Chaco.
La norma, en su Artículo 3°, establece que los fondos que recaude el Banco Central de la República Argentina en virtud de las multas previstas en la presente ley serán destinados para la aplicación de los programas y proyectos a favor de las personas con discapacidad, que será administrado por el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad, creado por decreto del Poder Ejecutivo nacional 153/96 y sus modificatorias. Dichos fondos serán aplicados en los programas proyectos citados, conjuntamente con los recursos previstos en el artículo 10 de la ley 25.413.
Los intendentes y jefes comunales que participaron de la jornada son los de Caucete, Pocito, Jachal y Calingasta (San Juan), Ausonia, San Marcos Sud, Alejandro Roca y Nono (Córdoba), Pavón Arriba, Villa Ocampo, Coronel Arnold, Avellaneda, Godeken y San Gregorio (Santa Fe), Caa Cati, Itatí y San Miguel (Corrientes), Monterrico y Tres Cruces (Jujuy), Hasenkamp y Nogoya (Entre Ríos), Colonia Aurora (Misiones), La Banda (Santiago del Estero), y el Instituto del Deporte Chaqueño, de la provincia del Chaco.
La norma, en su Artículo 3°, establece que los fondos que recaude el Banco Central de la República Argentina en virtud de las multas previstas en la presente ley serán destinados para la aplicación de los programas y proyectos a favor de las personas con discapacidad, que será administrado por el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad, creado por decreto del Poder Ejecutivo nacional 153/96 y sus modificatorias. Dichos fondos serán aplicados en los programas proyectos citados, conjuntamente con los recursos previstos en el artículo 10 de la ley 25.413.
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